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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00000-01
Fecha: 2014-06-09
Carátula: ESCRITOS Nº 1 / S/ VARIOS
Descripción: Res. 291/14 ampliación inscirpción PERITOS JUDICIALES
Expte. nro.: 00000-01
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
R E S O L U C I O N N R O. 291
Viedma,03 de junio de 2014.-
-----VISTO Y CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Que el Tribunal de Superintendencia General de la Tercera Circunscripción Judicial envía una propuesta en la cual solicita ampliación de la inscripción de peritos en todas las especialidades.-
-----Que dicha petición tiene su origen en la exigua cantidad de peritos que conforman el listado de profesionales de distintas especialidades para actuar en causas judiciales, como así también en la imperiosa necesidad de la Institución de contar con estos auxiliares de la justicia.-
-----Que por tal motivo, y con carácter excepcional, en virtud de las atribuciones que le son propias, art. 44 inc. j) de la Ley K nro. 2430, y conforme lo establecido en el art. 44 inc ñ) de la citada Ley y Ac.nro. 46/1993, este Superior Tribunal de Justicia considera necesario disponer la ampliación del plazo para la reinscripción de peritos en las distintas materias, dando oportunidad a quienes en el término establecido no realizaron dicho trámite en la Tercera Circunscripción Judicial, lo que así se dispone.-
----Por ello,
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E :
-----1º) Disponer que la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Tercera Circunscripción Judicial realice una nueva reinscripción de peritos en las distintas especialidades, para actuar en causas judiciales durante el corriente año, a modo de ampliación de los listados a la fecha existentes en la Cámara (Acordada nro. 46/93-STJ).-
-----2º) Convocar a los profesionales de distintas especialidades que deseen inscribirse como peritos judiciales, haciéndoles saber que deberán iniciar el trámite ante el Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones de dicha Circunscripción.-
-----3º) Disponer que el Tribunal de Superintendencia General arbitre los medios necesarios para hacer llegar el contenido de la presente a todos los
Colegios profesionales y organismos que considere menester, a los fines de contar con una amplia difusión de la convocatoria.-
-----4º) Los profesionales deberán reunir los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial, Reglamento Judicial y Ley 3550.-
-----5º) Regístrese, notifíquese y oportunamente archívese.--
Fdo. Sergio M.Barotto-Pte.STJ; Liliana Piccinini, Ricardo Apcarian. Enrique Mansilla -Jueces STJ.-
Ante mi: Elda Emilce Alvarez-Sec.Subrogante Superintendencia.-
San Carlos de Bariloche, 09 de junio de 2014.-
Por recibido. Téngase presente. Hágase saber.
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro