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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 28075IV
Fecha: 2014-06-09
Carátula: PAREDES Nilda Noemí S/ DECLARACION DE INCAPACIDAD (c)
Descripción: INHIBITORIA POR PEDIDO DEF INCAP -REMISION A MEU
//neral Roca, 09 de junio de 2014.-
AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados PAREDES Nilda Noemí S/ DECLARACION DE INCAPACIDAD (c) " (Expte.28075-IV-94).-
CONSIDERANDO:-
I.- Llegan estos autos a despacho devueltos de la Delegación de Archivo en fecha 05/06/2014, a los fines de proveer lo solicitado por la Sra. Defensora de Incapaces mediante oficio nº 85-14 (recibido el 23/04/2014) y con el objeto de que me inhiba de entender en los trámites de incapacidad e inhabilitaciones y remita las actuaciones al Juzgado de Familia que corresponda de esta ciudad.-
Evaluado lo pedido y considerando para ello que en los presentes debe imprimirsele el procedimiento previsto por el art. 152 ter del Código Civil y que a la fecha existe un fuero especializado en la materia (cf. Ley 3934) he de acceder a lo solicitado, inhibiéndome de entender en esta causa y ordenando la remisión de estos actuados al Juzgado de Familia de esta ciudad que corresponda. A tales fines, pasen las presentes actuaciones a la Mesa de Entrada Única, a fin de que proceda a realizar el respectivo sorteo.
Hágase saber. REGÍSTRESE.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro