Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41779

N° Receptoría:

Fecha: 2014-06-06

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ RONDAN Julio César S/ EJECUTIVO

Descripción: REGULACION

//neral Roca, 06 de junio de 2014.-s

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ RONDAN Julio César S/ EJECUTIVO" (Expte. N* 41779).-

Regulo los honorarios por acrecidos del Dr. Fernando E. Detlfes en la suma de $530 (MB:$ 150-regulación de fs. 42).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8 y 41 ley 2212 RN).-

TODO LO QUE ASI RESUELVO.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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Poder Judicial de Río Negro