include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41779
Fecha: 2014-06-06
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ RONDAN Julio César S/ EJECUTIVO
Descripción: REGULACION
//neral Roca, 06 de junio de 2014.-s
AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ RONDAN Julio César S/ EJECUTIVO" (Expte. N* 41779).-
Regulo los honorarios por acrecidos del Dr. Fernando E. Detlfes en la suma de $530 (MB:$ 150-regulación de fs. 42).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8 y 41 ley 2212 RN).-
TODO LO QUE ASI RESUELVO.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
<*****>
Poder Judicial de Río Negro