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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0261/2014
N° Receptoría: A-1VI-171-C2014
Fecha: 2014-06-05
Carátula: SALGADO OLGA DEIDAMIA C/ RUIZ JULIA ELENA S/ REIVINDICACION (Ordinario)
Descripción: CONTESTA DEMANDA OPONE EXCEPCIONES
EXPTE. Nº 0261/2014
CARATULA: SALGADO OLGA DEIDAMIA C/ RUIZ JULIA ELENA S/ REIVINDICACION (Ordinario)
Viedma, de junio de 2014.-
Por presentada, parte y constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma.-
Por opuesta excepción, de ella y de la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Tiénese presente la reserva formulada.-
Hágase saber a la profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
jc
Luciano Minetti Kern
Secretario Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro