include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0087/2014
N° Receptoría: A-1VI-152-C2014
Fecha: 2014-06-05
Carátula: INFANTE JOSE ELIEDIN C/ WEINZETTEL FACUNDO GUILLERMO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: CONTESTA DEMANDA
EXPTE. Nº 0087/2014
CARATULA: INFANTE JOSE ELIEDIN C/ WEINZETTEL FACUNDO GUILLERMO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, de junio de 2014.-
Por presentado, parte y constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma.-
A los fines de resolver el pedido de acumulación efectuado en el escrito a despacho y a fs. 54/58, que fuera conformado por la actora a fs. 60, requiérase "ad effectum videndi et probandi" los autos caratulados: "Pranao Gustavo y otra c/ Winzettel Facundo Guillermo s/ Daños y Perjuicios (Ordinario), Expte. nº 387/13/J1 al Juzgado Civil nº 1, a cuyo fin ofíciese.-
E Z
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro