include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0455/2010
Fecha: 2014-06-05
Carátula: CALVO ELIO ROGELIO Y OTRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: rechaza pedido adelanto gastos perito-extemporáneo
EXPTE. N° 0455/2010
CARATULA: CALVO ELIO ROGELIO Y OTRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, de junio de 2014.-
Por recibido. Agréguese la media carátula.-
Al escrito de fs. 143:
Por constituido nuevo domicilio. Notifíquese.-
Proveyendo a fs. 145:
Toda vez que conforme lo dispuesto por el art. 463 del CPCC, el adelanto de gastos -si correspondiere a la índole de la pericia- debe requerirse dentro del tercer día de aceptado el cargo, a lo solicitado no ha lugar.
<*****>
Poder Judicial de Río Negro