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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32989IV
Fecha: 2014-06-04
Carátula: ALVAREZ Roberto Luis S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: PREVIO- AUTORIZA
"ALVAREZ Roberto Luis S/ SUCESION AB INTESTATO"
(Expte. Nro. 32989IV)
//neral Roca, 04 de junio de 2014.-j
Téngase presente la venta denunciada.-
Previo a todo deberá prestar conformidad la cónyuge del causante Sra. Norma Elisa Carabelli.-
Prestada que sea la conformidad faltante, y examinada esta causa, habiéndose acreditado a fs. 62 de los autos "Alvarez Anselmo Juan Bautista s/Sucesión" (Expte. 32990-IV-00) la titularidad del padre del causante sobre el bien denunciado, corresponde acceder a lo solicitado, agregando a su vez que según constancias de fs. 37, 38, 40 y 42 por acreditado el pago de los sellados de ley y la conformidad prestada por Caja Forense respectivamente-.
En consecuencia, autorízase a la inscripción por tracto abreviado de la declaratoria de herederos de fs. 34 sobre el bien inmueble matrícula To. 684-Fo.219-Fo.133815 -NC 04-1B-629-11-000 y en la proporción que le corresponde al causante de autos a favor de los Sres. MARTIN ALEJANDRO CRESPO (DNI 31.063.492) y LUCIANA PALLAORO (DNI 33.002.186), cuya instrumentación quedará a cargo de la Escribanía denunciada.-
Téngase presente para ello la operación de venta indicada a fs. 39 y los datos personales de los compradores y que deberá ser instrumentada bajo escritura pública (art. 1184 del Código Civil).
Dada la intervención en el acto de la Escribanía denunciada, déjase expresa constancia de que no han sido requeridos certificados actualizados de dominio del bien, ni de anotaciones personales del causante, y libre deudas sobre impuestos tasas y contribuciones.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro