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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0458/2004
Fecha: 2006-06-14
Carátula: ALBERTO ALFREDO JORGE C/ MARTINEZ DE DUPUY LUISA ANTONIA S/ USUCAPION
Descripción: ABRE A PRUEBA
EXPTE. Nº 0458/2004
AUTOS: ALBERTO ALFREDO JORGE C/ MARTINEZ DE DUPUY LUISA ANTONIA S/ USUCAPION
Viedma, junio de 2.006.-
Atento al estado de autos, lo peticionado en el escrito a despacho, el resultado de la audiencia prevista por el art. 489 del C. Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 78, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA (ALBERTO Alfredo Jorge)
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
CONFESIONAL: A fin de que la sra. Luisa Antonia Martínez de Dupuy comparezca a absolver posiciones, señálase audiencia para el día 09 de agosto de 2.006 a las 10:30 horas, bajo el apercibimiento dispuesto en el art. 417 del C. Pr.. Notifíquese.-
INFORMATIVA: Líbrense oficios a: 1) Dirección General de Rentas para que informe si el sr. Alfredo Jorge Alberto celebró un convenio de pago con dicha dirección y, en caso afirmativo se informe los períodos de deuda que comprendía dicho convenio. Asimismo, informe el estado de deuda respecto al inmueble nomenclatura catastral 18-2-G-782-07.- 2) Al sr. Fiscal de la Municipalidad de Viedma para que informe si el sr. Alfredo Jorge Alberto celebró un convenio de pago con dicha institución en junio de 1.997 respecto de las tasas de servicios impagas poe el período 5 del año 1986 y 9 del año 1996, respecto del inmueble ubicado en calle C 20 J Massini de El Cóndor N° 229, nomenclatura catastral 18-2-G-782-7.- 3) A la Municipalidad de Viedma para que informe si el sr. Alfredo Jorge Alberto celebró un convenio de pago con dicha institución en fecha 23 de abril de 2.004 respecto de las tasas de servicios impagas y en caso afirmativo se informe los períodos de deuda que comprendería dicho convenio, respecto del inmueble ubicado en calle C 20 J Massini de El Cóndor N° 229, nomenclatura catastral 18-2-G-782-7.-
TESTIMONIAL: A los fines de que los Sres. Guillermo Francisco Becerra, Rubén Néstor Zanfardini e Inés Vázquez comparezcan a prestar declaración testimonial fíjase audiencia para el día 10 de agosto de 2.006 a las 8:00, 8:30 y 9:00 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 24/08/06 en los mismos horarios. Los testigos deberán comparecer debidamente documentados. Notifíquense con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C. Pr..-
jc
Alejandro J.E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro