Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 17057-078-13

N° Receptoría: A-3BA-42-C2012

Fecha: 2014-06-03

Carátula: SCHENONE, MARIA TERESA / ZARATE, NATALIA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: aclaratoria

San Carlos de Bariloche, 03 (tres) de junio de 2014.

VISTOS: Los autos caratulados "SCHENONE, MARIA TERESA C/ ZARATE, NATALIA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)”, expediente 17057-078-13 (registro de Cámara), de los cuales se imponen individualmente los Señores Jueces Edgardo J. Camperi, Emilio Riat y Carlos M. Cuellar, quienes deliberan sobre el fallo por dictar con certificación de la Actuaria,

Y CONSIDERANDO:

Que en resolución obrante a fs. 332/ 333 vta, se ha incurrido en error material a fs. 332 , ya que dónde dice: "En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 23 (veintitres) días del mes de abril de dos mil catorce (...)", debe decir: "En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 23 (veintitres) días del mes de mayo de dos mil catorce (...)".

Por ello, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería, RESUELVE: I) Aclarar resolución obrante a fs. 332/333 vta, en su parte pertinente (fs. 332), dónde dice: "En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 23 (veintitres) días del mes de abril de dos mil catorce (...)", debe decir: "En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 23 (veintitres) días del mes de mayo de dos mil catorce (...)".II) Registrar, protocolizar y notificar lo resuelto, personalmente o por cédulas a cargo de las partes en la instancia de origen. III) Devolver oportunamente las actuaciones.

nsa

Edgardo J. Camperi Emilio Riat Juan A. Lagomarsino

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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