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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00410-047-11
Fecha: 2014-06-03
Carátula: MICROOMNIBUS 3 DE MAYO SA / MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: Ordinario. Fija audiencia preliminar (art. 361, ley 4142).
MICROOMNIBUS 3 DE MAYO SA C/ MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (00410-047-11).
San Carlos de Bariloche, 03 de junio de 2014.
I) Al pedido de regulación: estése a lo resuelto a fs. 269. Recíbese la causa a prueba.
II) Cítese a las partes para que asistan personalmente a la audiencia que en los términos del artículo 361 del código procesal (ley 4142) se fija para el día 17 de junio a las 12,30 hs., bajo apercibimiento de celebrarla con las partes que concurran, de imponer una multa de $ 500 a quien falte sin causa justificada y de tener por reconocidos los hechos lícitos proporcionados por la contraparte, excepto en el caso de los ausentes que litiguen representados por el defensor general de ausentes. Hágase saber a las partes que deberán ofrecer las pruebas por escrito hasta el a la hora 9:30 (plazo de gracia incluido), y además exhórtaselas a indicar en el escrito qué hechos pretenden probar con cada una de las pruebas para evaluar si se ajustan al artículo 364 del código procesal. Notifíquese.
Emilio Riat
juez
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Poder Judicial de Río Negro