Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1135/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2014-06-02

Carátula: COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS DE EXPORTACION DE CREDITO "COMARCA" LTDA. C/ JOFRE NORA NANCY S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO

EXPTE. No.: 1135/2010

CARATULA:COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS DE EXPORTACION DE CREDITO "COMARCA" LTDA. C/ JOFRE NORA NANCY S/ EJECUTIVO

Viedma, de junio de 2014.-

Agréguese y tiénese presente.-

Atento lo peticionado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada sra. NORA NANCY JOFRE (DNI Nº 13.818.402) como empleada de la Municipalidad de Viedma hasta cubrir la suma de $ 1.233 en concepto de honorarios. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en la cuenta judicial Nº 122024685 perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Sin perjuicio de ello, toda vez que el informe de fs. 46 se corresponde a una transferencia y no al movimiento de la cuenta de autos y de la nota emitida por el Banco Patagonia S.A. informa a fs. 48 que no pueden dar cumplimiento con lo ordenado porque en la cuenta no existen fondos suficientes; requiérase informe detallado, dentro del plazo de 5 días, de los movimientos de ingresos y egresos de la cuenta de estas actuaciones nº 122024685 desde su apertura hasta la fecha, exprese por órden de quién efectuó las transferencias que surgen de la constancia de fs. 46, ello teniendo en cuenta los términos de la órden de pago comunicada mediante oficio judicial nº 532/2011, a cuyo fin líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. debiéndose adjuntar las copias aludidas.-

Rosana Calvetti

Juez

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