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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00418-048-11
Fecha: 2014-06-02
Carátula: AGRUPACION DE HOSTERIAS Y HOTELES DE SAN C. DE BARILOCHE / S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD EXHORTO
Descripción: Por areditada personeria- Fijése adicional Cons. Prof.- Estése a la cert.
AGRUPACION DE HOSTERIAS Y HOTELES DE SAN C. DE BARILOCHE S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (00418-048-11).
San Carlos de Bariloche, 30 de mayo de 2014.
I) A fs. 98 /101: por acreditada personería; agréguese poder, téngase presente.
II) En atención a lo solicitado a fs.102, y a lo dispuesto por el art. 58 del dec. ley 199/66, fíjase en $150 (5%) adicional correspondiente en concepto de aportes al Consejo Profesional de Ciencia Económicas, por los honorarios regulados a fs. 65/66, a cargo del obligado al pago de honorarios . Notifíquese.
III) A fs. 103: estése a la certificación de fs. 97.
nsa
Emilio Riat
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro