Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0948/2013

N° Receptoría: A-1VI-129-C2013

Fecha: 2014-05-30

Carátula: BRONZETTI MARIA MAGDALENA C/ RODRIGUEZ JOSEFINA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: CONTESTA DEMANDA la citada en garantía -

EXPTE. Nº 0948/2013

BRONZETTI MARIA MAGDALENA C/ RODRIGUEZ JOSEFINA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de mayo de 2014.-

Proveyendo a fs. 30:

Agréguense.-

Al escrito de fs. 51/62:

Por presentado, parte a tenor de la copia del poder acompañado y constituido el domicilio.-

Agréguese la documental acompañada.-

Por contestada la demanda en tiempo y forma.-

De la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Luciano Minetti Kern

Secretario

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