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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0919/2013
N° Receptoría: D-1VI-911-C2013
Fecha: 2014-05-30
Carátula: BANCO DEL CHUBUT S.A. C/ BASANTA HECTOR RAUL S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO EN CTAS. BANCOS
EXPTE. Nº : 0919/2013.-
CARATULA: BANCO DEL CHUBUT S.A. C/ BASANTA HECTOR RAUL S/ EJECUTIVO.-
Viedma, de mayo de 2014.-
Conforme lo manifestado y peticionado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que el accionado tenga o tuviere en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, transferencias, giros y/o cualquier otro concepto, siempre y cuando dichos fondos no provengan del pago de haberes del demandado, ya sea tanto como activo o pasivo, en los Bancos de la Nación Argentina y Patagonia S.A., hasta cubrir la suma de $ 29.033 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 2.775 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrense oficios a las entidades bancarias mencionadas, bajo responsabilidad de la parte, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A. -sucursal Viedma-. Tiénese presente las personas facultadas para el diligenciamiento del oficio ordenado.-
ZO
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro