Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 17090-088-13

N° Receptoría: AUTELITANO

Fecha: 2014-05-30

Carátula: RUIZ, ANA MARÍA Y OTRO / CASTREJE, CLARA VIRGINIA Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: Aclaratoria - Definitiva

San Carlos de Bariloche, 21 de mayo de 2014.

VISTOS: Los autos caratulados "RUIZ, ANA MARÍA Y OTRO C/ CASTREJE, CLARA VIRGINIA Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)”, expediente 17090-088-13 (registro de Cámara), de los cuales se imponen individualmente los Señores Jueces Edgardo Camperi, Emilio Riat y Juan Lagomarsino, quienes deliberan sobre el fallo por dictar con certificación de la Actuaria,

Y CONSIDERANDO:

1º) Que corresponde resolver la aclaratoria planteada en término (fs. 613).

2º) Que, efectivamente, se debe aclarar que el punto IV de la parte resolutiva correspondiente a la sentencia del 30/04/2014 (fs. 608/612) en el sentido de que el Dr. Alfredo Luis Iwan es abogado de los demandantes y no de la codemandada Castreje como se indicara en aquélla por error material.

Por ello, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería, RESUELVE: I) Aclarar el punto IV de la parte resolutiva correspondiente a la sentencia del 30/04/2014 (fs. 608/612) en el sentido de que el Dr. Alfredo Luis Iwan es abogado de los demandantes y no de la codemandada Castreje allí se indicara por error material. II) Registrar, protocolizar y notificar lo resuelto por cédulas a cargo de Secretaría.

Edgardo Camperi Emilio Riat Juan Lagomarsino

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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