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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 17090-088-13
N° Receptoría: AUTELITANO
Fecha: 2014-05-30
Carátula: RUIZ, ANA MARÍA Y OTRO / CASTREJE, CLARA VIRGINIA Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: Aclaratoria - Definitiva
San Carlos de Bariloche, 21 de mayo de 2014.
VISTOS: Los autos caratulados "RUIZ, ANA MARÍA Y OTRO C/ CASTREJE, CLARA VIRGINIA Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)”, expediente 17090-088-13 (registro de Cámara), de los cuales se imponen individualmente los Señores Jueces Edgardo Camperi, Emilio Riat y Juan Lagomarsino, quienes deliberan sobre el fallo por dictar con certificación de la Actuaria,
Y CONSIDERANDO:
1º) Que corresponde resolver la aclaratoria planteada en término (fs. 613).
2º) Que, efectivamente, se debe aclarar que el punto IV de la parte resolutiva correspondiente a la sentencia del 30/04/2014 (fs. 608/612) en el sentido de que el Dr. Alfredo Luis Iwan es abogado de los demandantes y no de la codemandada Castreje como se indicara en aquélla por error material.
Por ello, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería, RESUELVE: I) Aclarar el punto IV de la parte resolutiva correspondiente a la sentencia del 30/04/2014 (fs. 608/612) en el sentido de que el Dr. Alfredo Luis Iwan es abogado de los demandantes y no de la codemandada Castreje allí se indicara por error material. II) Registrar, protocolizar y notificar lo resuelto por cédulas a cargo de Secretaría.
Edgardo Camperi Emilio Riat Juan Lagomarsino
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro