Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 27021/14

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-29

Carátula: VIEDMA Y PATAGONES PRODUCCIONES SRL S/ AMPARO (Originarias)

Descripción: sol.inf.céd.-

Expte. N° 27021/14-STJ-

///MA, 29 de mayo de 2014.-

-----Acorde lo resuelto mediante Au.40/14, obrante a fs.70/75, en los términos del art.44 de la Constitución Provincial, requiérase al señor Gobernador de la Provincia de Río Negro un amplio informe sobre la cuestión planteada por el amparista el que deberá ser respondido en el plazo perentorio de cinco (5) días hábiles, asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza el instituto (C.S.J.N.,B.2571 XXXVIII del 5-12-04).- - - - - - - - - -----Notifíquese por cédula al requerido, al señor Fiscal de Estado, con entrega de copias de la acción deducida.- - - - -

-----A lo demás, oportunamente.- - - - - - - - - - - - - - --

Fdo.: SERGIO M. BAROTTO PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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Poder Judicial de Río Negro