include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42293
Fecha: 2014-05-29
Carátula: MANSILLA Rigoberto Hernán S.Sucesion C/ PAGLIARICCI Horacio y Otros S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: AGREGA-FIJA ANTICIPO GTOS PERICIA
"MANSILLA Rigoberto Hernán S.Sucesion C/ PAGLIARICCI Horacio y Otros S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)"
(Expte. Nro. 42293)
AGREGA CEDULA DILIGENCIADA a FS. 120
//neral Roca, 29 de mayo de 2014.-c
Proveyendo el escrito de fs. 122, agréguese.
Proveyendo el escrito de fs. 124, agréguese.
Proveyendo el escrito de fs. 125, punto I, téngase presente.
Al punto II, oportunamente concédese el préstamo de las presentes actuaciones y/o documental original y/o causa penal si hubiere.
Al punto III, fíjase la suma de $ 800.- en concepto de anticipo de gastos de pericia, la que deberá ser depositada en el plazo de cinco días de notificada la parte bajo apercibimiento de tenerla por desistida de dicha pericial. Notifíquese.
Al punto IV, suspéndase el plazo de presentación de pericia hasta tanto se efectivice el anticipo de gastos solicitado por el perito.
Al punto IV, téngase presente y hágase saber.
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
<*****>
Poder Judicial de Río Negro