Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42291

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-29

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ RUIZ Nancy Beatriz S/ EJECUTIVO

Descripción: PREVIO ABONESE CARGAS FISCALES

"AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ RUIZ Nancy Beatriz S/ EJECUTIVO"

(Expte. Nro. 42291)

//neral Roca, 29 de mayo de 2014.-c

Al punto 1, agréguese.

Previo a la transferencia peticionada, en virtud de lo prescripto por el artículo 16 de la Ley de Tasas 2718, que establece que la base imponible en los juicios por sumas de dinero, estará constituida por el capital con más los intereses devengados a la fecha de interposición de demanda, previo a la prosecución de autos y a efectos de proceder a la determinación de las diferencias a ingresar practique liquidación y abónese las cargas fiscales correspondientes.

Al punto 3, téngase presente la reserva efectuada.

Al punto 4, téngase presente la caución juratoria ofrecida, para su oportunidad.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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