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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34110IV
Fecha: 2014-05-29
Carátula: ALVAREZ Stella Maris C/ MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA S/ ORDINARIO
Descripción: AMPLIACIÓN DE RESOLUCION
General Roca, 29 de mayo de 2.014.-s
AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados "ALVAREZ STELLA MARIS C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S/ ORDINARIO" (Expte. N° 34.110IV-III-01), y:-
CONSIDERANDO:-
Que se presenta el Dr. Eloy Valdez, notificándose en forma espontánea de la resolución de fs. 482 y solicita se le regulen honorarios por su labor profesional.-
Examinada esta causa, se tiene presente la labor profesional del mismo a partir de fs. 465 y debe advertirse que se ha omitido regularle honorarios.-
Por lo que, RESUELVO: I.- Hacer lugar a lo solicitado y ampliar la resolución de fs. 482, regulando los honorarios del Dr. Eloy Valdez (en su carácter de patrocinante) en la suma de $ 530.- (arts. 6, 8 y 39 ley K 2212 R.N.)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CON LA LEY 869.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro