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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0826/2010
Fecha: 2014-05-28
Carátula: PATAGONICA S.R.L. C/ HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA SECRETARIA DEMANDADA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C E D U L A
Señores: Dres. Luis Fernando Prieto Taberner y Carlos Alfredo Villanueva (HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A.)
Domicilio: SAN MARTIN Nº 442 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PATAGONICA S.R.L. C/HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. S/ORDINARIO", Expte. Nº 0826/2010, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 26 de mayo de 2014.- Tiénese presente el desistimiento formulado con respecto al testigo Emiliano Gómez.- Atento lo peticionado, no habiendo instado la parte demandada la producción de la prueba informativa al Colegio de Arquitectos de la Zona Atlántica de Río Negro y Muncipalidad de la ciudad de Viedma (Secretaría de Obras Públicas) y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 402, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del CPCC, declárase su negligencia.- A los fines previstos en el art. 368 del CPCC, fíjase audiencia para el día 10 de septiembre de 2014 a las 11:00 horas, a la que deberá comparecer a absolver posiciones el representante legal de la demandada Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A., bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 417 del CPCC y a prestar declaración testimonial por la parte actora, sres. Matías Gentile, Angel A. Villegas, Gustavo Federico Casas y Ema del Rosario Berrios, los dos primeros mencionados también procederán al reconocimiento de la documental detallada a fs. 80 (pto. 5.3) y a fs. 82/84, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 29/09/14 a las 10:00 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.- Notifíquese a las partes por Secretaría las audiencias dispuestas precedentemente, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.- Fdo. Dra. María Gabriela Tamarit - Juez Subrogante".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de mayo de 2014.-
Luciano Minetti Kern
Secretario
*05TXHO.GSG3RA*
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Poder Judicial de Río Negro