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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: D-2RO-344-C3-13
N° Receptoría: D-2RO-344-C2013
Fecha: 2014-05-28
Carátula: BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ IRIBARNE Adrián E. S/ EJECUTIVO
Descripción: CUMPLASE C.FORENSE-ABONESE C.FISCALES
"BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ IRIBARNE Adrián E. S/ EJECUTIVO"
(Expte. Nro. D-2RO-344-C3-13)
//neral Roca, 28 de mayo de 2014.-c
Proveyendo el escrito de fs. 36, agréguese.
Proveyendo el escrito de fs. 39, agréguese y previo a la transferencia solicitada, deberá darse cumplimiento con Caja Forense.
En virtud de lo prescripto por el artículo 16 de la Ley de Tasas 2718, que establece que la base imponible en los juicios por sumas de dinero, estará constituida por el capital con más los intereses devengados a la fecha de interposición de demanda, previo a la prosecución de autos y a efectos de proceder a la determinación de las diferencias a ingresar practique liquidación y abónese las cargas fiscales correspondientes.
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro