Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40945

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-28

Carátula: APESTEGUI Ubaldo S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: SE ORDENA TESTIMONIO

"APESTEGUI Ubaldo S/ PROCESO SUCESORIO"

(Expte. Nro. 40945)

//neral Roca, 28 de mayo de 2014.-s

Téngase presente lo manifestado y estése a lo ordenado a fs. 163, providencia que responde a lo peticionado a fs. 162, en consecuencia se rechaza la revocatoria.

Al testimonio peticionado al segundo párrafo, no ha lugar.

Sin perjuicio de ello expídase copia certificada de la declaratoria de herederos, a cuyo efecto, acompáñense las copias y el sellado correspondiente, dejándose constancia en las mismas que no podrá ser inscripto ningún bien a nombre de los herederos sin estar expresamente autorizado por este Tribunal.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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