Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00415-048-11

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-27

Carátula: ASOCIACION CIVIL ARBOL DE PIE / MEDIN NORBERTO MARIANO Y OTROS S/ AMPARO

Descripción: MEDIDA, requerir causas.

AUTOS: "ASOCIACION CIVIL ARBOL DE PIE C/ MEDIN, NORBERTO  MARIANO Y OTROS S/ AMPARO" (Expte. N° 00415-048-11 Reg. Cám.)

Señores Jueces:

En uso de facultades conferidas por la ley (art. 36 inc. 2° Código Procesal) como medida para mejor proveer, interrupción del plazo mediante, considero imprescindible cumplimentar las siguientes diligencias procesales: A) REQUERIR ad effectum videndi las actuaciones "LANFRANCHI, CESAR  IGNACIO C/  N.N. S/  DENUNCIA FALSIFICACION  DE  DOCUMENTO  PUBLICO" (Expte. N° C3F-10.501-2011 del Juzgado de Instrucción N° 6); B) REQUERIR a los mismos fines las ACTUACIONES  ADMINISTRATIVAS N° 722/10 (del MUNICIPIO local), referidas a la ejecución de la obra sita en Av. De Los Pioneros km. 2,700 (inmueble NC 19-2-D-141-11).

Vocalía, 23 de Mayo de 2014.-

CARLOS MARCELO CUELLAR

Juez de Cámara

San Carlos de Bariloche, 27 de mayo de 2014

VISTO:

Lo solicitado por vel Juez de 1er. voto, requiéranse la causa y las actuaciones referidas.

Interrúmpase cel plazo para fallar.

NOTIFIQUESE a todas las partes litigantes y fecho ofíciese al Juzgado indicado y al MUNICIPIO local (confección cédula a cargo de Secretaría y oficio a cargo de parte).

EMILIO RIAT

Juez de Cámara

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