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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0430/2011
Fecha: 2014-05-23
Carátula: LAGARDE NADINE ISABELLE C/ MORTADA CARLOS ABEL S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: OFICIO CAMARA REMOCION
PODER JUDICIAL
RIO NEGRO
Viedma, de mayo de 2014.-
OFICIO Nº _______
A la Señora Presidente
de la Cámara de Apelaciones en lo Civil
Dra. María Lujan Ignazi
SU DESPACHO.-
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: "LAGARDE NADINE ISABELLE C/ MORTADA CARLOS ABEL S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)" (Expte. n° 0430/2011), que tramitan ante el Juzgado Civil Nº 3 a mi cargo, Secretaría del Dr. Luciano Minetti Kern, a efectos de comunicarle, que conforme lo dispuesto en el art. 469 del CPCC, el perito tasador Felipe Jesús Rico Roca ha sido removido del cargo para el que fuera designado en las presentes actuaciones.-
Se adjuntan fotocopias certificadas de las piezas pertinentes.-
Dios guarde a Ud.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro