Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: A-2RO-400-C3-14

N° Receptoría: A-2RO-400-C2014

Fecha: 2014-05-23

Carátula: MEDINA LUIS WALDEMAR C/ PARRA VICTOR y O. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: INICIO

MEDINA LUIS WALDEMAR C/ PARRA VICTOR y O. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

//neral Roca, 23 de mayo de 2014.-g

Por presentado, parte y con domicilio.-

De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a PARRA VICTOR y DEBORA ROCIO LESCANO por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula.-

Téngase presente la prueba ofrecida y hágase saber lo dispuesto por el art. 360 CPC.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

En atención a lo manifestado, cítese en los térmirnos del art. 118 de la Ley 17418 a PROFRU SEGUROS por el término de QUINCE días a fin de que comparezca en autos a ejercer sus derechos.- NOTIFIQUESE con entrega de las respectivas copias de traslado a cuyo fín líbrese cédula.-

Reservese el sobre desglosado, obrante a fs. 12, conteniendo 9 radiografias y un DVD conteniendo 25 fotografias.- Eximase al presentante de acompañar copias de esta documentación para traslado y para el expediente.-

Hágase saber que se ha iniciado el tramite "MEDINA LUIS WALDEMAR S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" (EXPTE. M-2RO-271-C3-14)

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Juez

Nota: de haberse depositado. Conste.-

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