Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41094

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-23

Carátula: DIAZ Norma Graciela y otros C/ MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA y Otros S/ ORDINARIO

Descripción: A CEDULAS

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

GABRIEL SAVINI

SEBASTIAN TRONELLI COSENTINO

DON BOSCO 1245 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "DIAZ Norma Graciela y otros C/ MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA y Otros S/ ORDINARIO” (Expte. N* 41094), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle la sentencia de fecha 19-5-14.-

Nota: se adjunta sentencia de fs. 443/450.-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, de mayo de 2014.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

PABLO FRANCO

San Luis 984 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "DIAZ Norma Graciela y otros C/ MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA y Otros S/ ORDINARIO” (Expte. N* 41094), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle la sentencia de fecha 19-5-14, que en su parte pertinente dice: "...Atento lo dispuesto por los arts. 6,7,8,9,10, 11, 12, 20, 38, 39 y concs. de la Ley G 2212, y sin perjuicio de lo establecido por el art. 48 segundo párrafo de la citada norma, corresponde determinar la base regulatoria en los presentes en la suma de $ 63.000,00 por aplicación del art. 20 de la Ley G 2212 y en el entendimiento de que configura el valor de este proceso y que fue sujeto por los actores a estimación judicial. Dicho esto:...regúlanse los honorarios profesionales a favor del Licenciado Pablo A. Franco -perito psicólogo- en la suma de pesos tres mil doscientos ($ 3.200,00)...fdo: Andrea de la Iglesia. Jueza"

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, de mayo de 2014.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

Villegas 973 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "DIAZ Norma Graciela y otros C/ MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA y Otros S/ ORDINARIO” (Expte. N* 41094), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle la sentencia de fecha 19-5-14, que en su parte pertinente dice: "...Atento lo dispuesto por los arts. 6,7,8,9,10, 11, 12, 20, 38, 39 y concs. de la Ley G 2212, y sin perjuicio de lo establecido por el art. 48 segundo párrafo de la citada norma, corresponde determinar la base regulatoria en los presentes en la suma de $ 63.000,00 por aplicación del art. 20 de la Ley G 2212 y en el entendimiento de que configura el valor de este proceso y que fue sujeto por los actores a estimación judicial. Dicho esto: a) por la admisión de la acción en la suma de $ 63.000,00, regúlanse los honorarios profesionales a favor de la Dra. Marisa A. Gayone -patrocinante de los actores- en la suma de pesos diez mil ochenta ($ 10.080,00) y por su intervención en las tres etapas de este proceso -16% del monto base-; a favor del Dr. Pablo Bergonzi -apoderado del Municipio, y hasta su intervención de fs. 162; primer etapa del proceso- en la suma de pesos novecientos treinta ($ 930,00) -40% del 11% de $ 21.000,00-, a favor del Dr. Santiango E. G. Silva -apoderado en la segunda y tercer etapa por el Municipio- en la suma de pesos mil ochocientos cincuenta ($ 1.850,00), y a favor del Dr. Eloy Luis Eduardo Valdez -patrocinante del Municipio en las tres etapas- en la suma de pesos seis mil novecientos treinta ($ 6.930,00) -11% monto base patrocinante, 40% de lo anterior apoderado por dos etapas...b) por el rechazo de la acción: regúlanse los honorarios profesionales a favor de la Dra. Marisa A. Gayone -patrocinante de los actores- en la suma de pesos seis mil novecientos treinta ($ 6.930,00) y por su intervención en las tres etapas de este proceso -11% del monto base-; a favor del Dr. Hernan Laino -patrocinante de los Sres. Estela y Ernesto Pasaron en las tres etapas de este proceso- en la suma de pesos tres mil trescientos sesenta ($ 3.360,00), y a favor de los Dres. Francisco Marciano Brown y Sebastián Zarasola -en el doble carácter por "Las Fuentes Cementerio Parque S.A." y como patrocinantes de "Hogar S.A. en las tres etapas de este proceso- en la suma de pesos nueve mil cuatrocientos diez ($ 9.410,00) (16% monto base, distribuido entre los tres letrados en partes iguales, con más 40% para quienes intervinieron como apoderados; cf. art. 12 Ley G 2212).-...fdo: Andrea de la Iglesia. Jueza"

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, de mayo de 2014.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

DR. PABLO BERGONZI

Sarmiento 1175 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "DIAZ Norma Graciela y otros C/ MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA y Otros S/ ORDINARIO” (Expte. N* 41094), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle la sentencia de fecha 19-5-14, que en su parte pertinente dice: "...Atento lo dispuesto por los arts. 6,7,8,9,10, 11, 12, 20, 38, 39 y concs. de la Ley G 2212, y sin perjuicio de lo establecido por el art. 48 segundo párrafo de la citada norma, corresponde determinar la base regulatoria en los presentes en la suma de $ 63.000,00 por aplicación del art. 20 de la Ley G 2212 y en el entendimiento de que configura el valor de este proceso y que fue sujeto por los actores a estimación judicial. Dicho esto: a) por la admisión de la acción en la suma de $ 63.000,00, regúlanse los honorarios profesionales a favor del Dr. Pablo Bergonzi -apoderado del Municipio, y hasta su intervención de fs. 162; primer etapa del proceso- en la suma de pesos novecientos treinta ($ 930,00) -40% del 11% de $ 21.000,00-...fdo: Andrea de la Iglesia. Jueza"

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, de mayo de 2014.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

-LAS FUENTES CEMENTERIO PARQUE S.A.

-HOGAR S.A.

Dr. Francisco Brown

Dr. Sebastián Zarazola

Italia 1812 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "DIAZ Norma Graciela y otros C/ MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA y Otros S/ ORDINARIO” (Expte. N* 41094), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle la sentencia de fecha 19-5-14.-

Nota: se adjunta sentencia de fs. 443/450.-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, de mayo de 2014.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

ESTELA PASARON

ERNESTO PASARON

Dr. Hernán Laino

Don Bosco 1245 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "DIAZ Norma Graciela y otros C/ MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA y Otros S/ ORDINARIO” (Expte. N* 41094), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle la sentencia de fecha 19-5-14.-

Nota: se adjunta sentencia de fs. 443/450.-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, de mayo de 2014.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA

Dr. Santiago E. G. Silva

Dr. Eloy Luis Eduardo Valdez

Mitre 710, 1º piso (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "DIAZ Norma Graciela y otros C/ MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA y Otros S/ ORDINARIO” (Expte. N* 41094), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle la sentencia de fecha 19-5-14.-

Nota: se adjunta sentencia de fs. 443/450.-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, de mayo de 2014.-

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

NORMA GRACIELA DIAZ

ULISES RIVERA

LUCIANO MARTIN RIVERA

JEREMIAS FRANCISCO RIVERA

Dra. MARISA ANALIA GAYONE

NEUQUEN 1555- Planta Baja (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "DIAZ Norma Graciela y otros C/ MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA y Otros S/ ORDINARIO” (Expte. N* 41094), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle la sentencia de fecha 19-5-14.-

Nota: se adjunta sentencia de fs. 443/450.-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, de mayo de 2014.-

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro