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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00120-14
N° Receptoría: S-3BA-151-C2013
Fecha: 2014-05-23
Carátula: CULLIN HUE CONSTRUCCIONES S.R.L. / REDONDO, HECTOR O. Y OTROS- EJECUTIVO- S/ INCIDENTE DE APELACION MONITORIO
Descripción: Deja sin efecto intimacion. Traslado casacion.
CULLIN HUE CONSTRUCCIONES S.R.L. C/ REDONDO, HECTOR O. Y OTROS- EJECUTIVO- S/ INCIDENTE DE APELACION (00120-14).
San Carlos de Bariloche, 23 de mayo de 2014.
I) Ante un nuevo análisis y por tratarse de acreedores cuyo crédito fue reconocido en un amparo, déjase sin efecto la intimación dispuesta el 13/05/2014 (fs. 54, plunto 1).
II) Por constituido el domicilio a los efectos de la casación.
III) De la casación interpuesta, córrase traslado por diez días al Hospital Privado Regional del Sur SA con emplazamiento en el mismo término a constituir domicilio en Viedma, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 288 del CPCCRN. Notifíquese por cédula a cargo de la parte.
IV) Sin perjuicio de lo ya dispuesto (fs. 54 punto 3) , deniéganse las medidas solicitadas por que en esta instancia se tratará la admisibilidad formal de la casación en vez de su procedencia sustancial.
V) Aguárdese la resolución relativa a la admisibilidad de la casación para proveer lo que corresponda sobre la elevación pedida.
Emilio Riat
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro