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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0360/2014
N° Receptoría: F-1VI-332-C2014
Fecha: 2014-05-22
Carátula: BOSCH ESTRADA JORGE GUILLERMO S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: INICIA SUCESION
EXPTE. Nº: 0360/2014.-
CARATULA: "BOSCH ESTRADA JORGE GUILLERMO S/ SUCESION AB INTESTATO".-
Viedma, de mayo de 2014.-
Por presentado, parte y por constituido el domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de JORGE GUILLERMO BOSCH ESTRADA.-
Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Noticias de la Costa citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del CPCC) líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-
Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-
Conforme lo previsto por el art. 699 inc. 1) del CPCC, notifíquese por cédula a los presuntos herederos, debiendo previamente denunciar sus domicilios.-
Atento lo peticionado, requiérase informe acerca de la existencia de acreencias y saldos de cuentas bancarias y/o créditos pendientes de percibir en favor del causante, debiendo en su caso, proceder a transferencia de las sumas que correspondan depositándolas en una cuenta judicial a la orden de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A. sucursal Viedma, a cuyo fin líbrense oficios a la ANSES y Banco Central de la República Argentina.-
Sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta que según el certificado de defunción (fs. 7) el causante estaba divorciado de una persona distinta a la denuncia de divorcio efectuada y ante la posible existencia de otros herederos (hijos), manifiéstese al respecto, y en su caso, denuncie los domicilios.-
Repóngase la suma de $ 281,25 en concepto de sellado de actuación.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro