Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 27093/14

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-21

Carátula: OCAMPO, ROBERTO O. Y OTROS -CONCEJALES DE LA MUNICIPALIDAD DE CINCO SALTOS S/ NULIDAD (Ordinario)

Descripción: Contesta vista Proc.Gral. sol.inf.-

Expte. N°27093/14-STJ-

///MA, 21 de mayo de 2014.-

-----Por contestada la vista conferida a fs.60.- - - - - - - - --

-----Atento el tenor de lo planteado en la demanda y receptado en el dictamen emitido por la señora Procuradora General a fs.61/68, téngase por promovida acción por Conflictos de Poderes entre el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Cinco Saltos y el Poder Ejecutivo Municipal de dicha ciudad, en los términos del art.800 y ccdtes. del Cód.Proc.Civ.y Com..- - - - - - - - - -

-----Requiérase a la doctora Liliana E.Alvarado, Intendenta de la Municipalidad de Cinco Saltos, el envío de los antecedentes constitutivos de la Resolución Nº 0206/14, en el término de ONCE (11) días, (ampliados en razón de la distancia art.158 CPCyC), con prevención de que será resuelto con los presentados por los demandantes.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----Notifíquese por cédula adjuntándose copia de la demanda.- --

-----Por Secretaría, procédase a recaratular el presente expediente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

A la medida cautelar solicitada: Teniendo presente la presunción de legalidad que cuentan los actos de los Poderes del Estado y en razón de la restrictiva doctrina elaborada por el S.T.J.(in re: Se. 23/04 "PRESIDENTE COLEGIO DE ABOGADOS"; Aut.Int.199/00, "PAULETICH"; Aut.Int.2/01, "BERTINAT" entre otros); Aut.Inter. 69/08 "ENTRETENIMIENTOS", en materia de medidas de no innovar peticionadas en acciones similares, a lo peticionado: NO HA LUGAR.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----A lo demás, oportunamente.- - - - - - - - - - - - - - - - --

Fdo.:SERGIO M. BAROTTO PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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