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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0200/2014
N° Receptoría: D-1VI-1273-C2014
Fecha: 2014-05-21
Carátula: ZAPPONE OSCAR ADRIAN C/ MUNICIPALIDAD DE MINISTRO RAMOS MEXIA S/ EJECUTIVO
Descripción: agrega y nulifica notif. - debe notificar dom. real
EXPTE. Nº 0200/2014
ZAPPONE OSCAR ADRIAN C/ MUNICIPALIDAD DE MINISTRO RAMOS MEXIA S/ EJECUTIVO
Viedma, de mayo de 2014.-
Agréguese.-
Toda vez que la notificación de la sentencia monitoria debe realizarse en el domicilio legal del Municipio de Ramos Mexia, ello a tenor de lo dispuesto por el art. 33, 44 y cc. Cod. Civ.) y de conformidad con lo dispuesto en el art. 169 del CPCC, corrresponde decretar la nulidad de la notificación efectuada a fs. 36, debiéndose practicar una nueva en el domicilio legal.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro