Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0631/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-20

Carátula: RIVA POSSE CLARA ALDONA C/ REUSSI BRAGA CARLOS S/ SUMARIO

Descripción: devueltos del STJ - acuerdo de pago - ARCHIVO TERMINADO C/NOT. CAJA FORENSE

EXPTE:0631/2005

CARATULA:RIVA POSSE CLARA ALDONA C/ REUSSI BRAGA CARLOS S/ SUMARIO

Viedma, de mayo de 2014.-

Por devueltos.-

Tiénese presente el acuerdo de pago obrante a fs. 421 y la conformidad prestada por el representante de la Caja Forense respecto a los aportes efectuados a fs. 417/420.-

En consecuencia, archívense las actuaciones en carácter de terminadas, remitiéndose oportunamente al Archivo General del Poder Judicial.-

Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869. Transcurridos 10 días de efectuada la notificación sin registrarse oposición alguna se entenderá que dicho Organismo se considera suficientemente garantizado a tenor del art. 20 ley 869, última parte, sin perjuicio de las facultades que le otorga el art. 29 de la ley citada.-

Procédase a desagregar el trámite de beneficio de litigar sin gastos (Expte. nº 0632/2005).-

Para un mejor ordenamiento procesal, fórmese tercer cuerpo a partir de la foja 390.-

Rosana Calvetti

Juez

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