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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0950/2012
Fecha: 2014-05-20
Carátula: ACUÑA PABLO ALEJANDRO C/ LOSEGUI LEDA FRANCISCA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: fecha examan pericia-agrega pericia corre traslado
EXPTE. N° 0950/2012
CARATULA: ACUÑA PABLO ALEJANDRO C/ LOSEGUI LEDA FRANCISCA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, de mayo de 2014.-
Al escrito de fs. 116:
A los fines de la realización del examen psicológico, hágase saber al sr. Pablo Alejandro Acuña que deberá concurrir el día 29 de mayo de 2014, a las 10,00 hs. al consultorio de la psicóloga Nadia Jove, sito en calle 20 de octubre 144 de esta ciudad, munido de su documento de identidad. Notifíquese.-
Proveyendo a fs. 113/115:
Por presentada la pericia médica, de la misma córrase traslado a las partes por el término de ley.-
Luciano Minetti Kern
Secretario
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Poder Judicial de Río Negro