Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 16916-038-13

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-20

Carátula: MAKAC, RAUL / ROA, ELISEO S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Descripción: INTERLOCUTORIA CADUCIDAD

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 20 de mayo de 2014.

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “MAKAC, RAUL C/ ROA, ELISEO S/ DESALOJO (Sumarísimo)", expte. nro. 16916-038-13, (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Emilio Riat y Carlos M. Cuellar, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO: Atento el tiempo objetivamente transcurrido desde el último trámite que le da impulso a las presentes actuaciones y lo dispuesto por el art. 310 inc. 1º del CPCC, no habiendo mediado actuación eficaz alguna a esos efectos, corresponde declarar operada la perención.

- - -Que lo dispuesto por el art. 316 del rito y la observancia del cómputo de los plazos allí indicado, faculta a este Tribunal a declarar de oficio la caducidad.-

- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE: I) DECLARAR la caducidad de instancia respecto las presentes actuaciones.-

- - -II) PREVIO al archivo córrase vista a Colegio de Abogados, Caja Forense y ART por el término de cinco días bajo apercibimiento de proseguir el trámite en caso de silencio.

- - -II) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro, protocolización y oportuno archivo.

Edgardo J. Camperi Emilio B. Riat Carlos M. Cuellar

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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