Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42159

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-20

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ BARRALES Gustavo Eduardo S/ EJECUTIVO

Descripción: NULIDAD DE LA CEDULA

AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ BARRALES Gustavo Eduardo S/ EJECUTIVO

//neral Roca, 20 de mayo de 2014.-

Al punto 1, previo a lo peticionado y atento lo dispuesto por la Cámara Civil de Apelaciones en los autos: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/HENRIQUEZ ELIANA PATRICIA S/EJECUTIVO (36377-J5-13), decrétase la nulidad de la notificación de fs. 46 .-

Líbrese nueva en iguales condiciones a las ordenadas a fs. 37, haciéndole saber al oficial de justicia que de la lectura del acta respectiva deberá surgir el cumplimiento de los recaudos exigidos por los arts. 140/141 del C.P.C.C..-

Al punto 2, agréguese y estése a lo ordenado precedentemente.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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