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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0341/2014
N° Receptoría: F-1VI-324-C2014
Fecha: 2014-05-19
Carátula: CAFRE LUIS Y CARRIZO BLANCA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: INICIA SUCESION
EXPTE. Nº: 0341/2014.-
CARATULA: "CAFRE LUIS Y CARRIZO BLANCA S/ SUCESION AB INTESTATO".-
Viedma, de mayo de 2014.-
Por presentados, parte y por constituido el domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de LUIS CAFRE y BLANCA CARRIZO.-
Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Río Negro citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del CPCC) líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-
Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-
Atento a lo que surge de las partidas de defunción en cuanto al estado civil de los causantes, manifiéstese al respecto, en su caso, acompáñese acta de matrimonio.-
Repóngase la suma de $ 281,25 en concepto de sellado de actuación.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro