Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42504

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-19

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ PARADA Miguel S/ EJECUTIVO

Descripción: VVE.P/HACER OFICIO- A CHEQUE

"AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ PARADA Miguel S/ EJECUTIVO"

(Expte. Nro. 42504)

//neral Roca, 19 de mayo de 2014.-c

Atento las constancias de fs. 29 y no habiendo el demandado opuesto excepciones legitimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informa la Actuaria en éste acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-

Conforme lo dispuesto por los arts. 133 y 542 del C.P.C. las providencias quedarán notificadas por Ministerio de Ley.-

En consecuencia, glósese la documentación original de fs.5

Proveyendo el escrito de fs. 44, agréguese y téngase presente la conformidad de Caja Forense formulada en el otro si digo.

Al punto 2, agréguese.

Al punto 3, líbrese oficio al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a fín de que transfiera de la cuenta judicial N° 126695633 a la cuenta corriente N° 220-220027526, CBU N° 03402209-00220027526008 de AVALON Créditos Personales SA, CUIT N° 30-70842085-5 la suma de $ 2.985,29.- (Pesos dos mil novecientos ochenta y cinco con veintinueve centavos) en concepto de: a cuenta de capital de sentencia monitoria de fs. 10. Cúmplase por Secretaría

Líbrese cheque a la orden de Claudia I. Sestan DNI 18.099.903 la suma de $ 943,74.- en concepto de: $ 749.- total honorarios regulados a fs. 10, $ 37,45.-al 5% de Caja Forense y $ 157,29.- de IVA).

Al punto 5, téngase presente la caución personal ofrecida.

Al punto 6, acompañada que sea la cédula que menciona y se proveerá.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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