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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0417/2013
N° Receptoría: D-1VI-423-C2013
Fecha: 2014-05-16
Carátula: BANCO PATAGONIA S.A. C/ PINO ELVIN SANDRO S/ EJECUTIVO
Descripción: ART. 56 DEL CPCC
EXPTE. Nº 0417/2013
CARATULA: BANCO PATAGONIA S.A. C/ PINO ELVIN SANDRO S/ EJECUTIVO
Viedma, de mayo de 2014.-
Toda vez que los letrados patrocinantes del demandado son los representantes de la parte actora, hágase saber al presentante que deberá ocurrir con nuevo letrado (conf. arts. 56 y 34 inc. 5º "b" del CPCC).-
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Poder Judicial de Río Negro