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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37438
Fecha: 2006-06-12
Carátula: BANCO Jorge Liberato C/PACHECO Roberto H. S/ Ejecutivo (*)
Descripción: Embargo-a cedula
cedula a Caja Forense notifica regula. honorarios del 5-6-06
//neral Roca, 12 de JUNIO de 2006.=
Líbrese oficio a la firma mencionada a fin de que trabe embargo sobre los importes a percibir por el demandado en cualquier concepto, en caso de haberes, en el porcentaje que por ley corresponde, hasta cubrir las sumas de $ 700.- en concepto de capital con más la de $ 350.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.
Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.
Dr. RICHAR GALLEGO
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro