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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: M-2RO-266-C3-14
N° Receptoría: M-2RO-266-C2014
Fecha: 2014-05-16
Carátula: SIMON JORGE OSVALDO Y CHACANO CLEMENTINA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c)
Descripción: PREVIO
Expte:SIMON JORGE OSVALDO Y CHACANO CLEMENTINA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c)
Nro: M-2RO-266-C3-14
General Roca, 16 de mayo de 2014.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Previo a citar a la futura demandada, deberá cumplirse con los recaudos previstos por el art. 79, inc.2ºdel CPC.- Acompañense nuevamente los interrogatorios correspondientes con la mención expresa de las partes en litigio.- Asimismo denúnciese el monto que reclamará en los autos principales.-
Déjese constancia en los autos principales de la iniciación de los presentes.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro