Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0526/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-15

Carátula: VICAR AUTOMOTORES S.A. C/ MATAR LUCIANO DAMIAN S/ EJECUTIVO

Descripción: ARCHIVO TERMINADO C/ CF c/doc, RES. 893/11

EXPTE:0526/2011

CARATULA:VICAR AUTOMOTORES S.A. C/ MATAR LUCIANO DAMIAN S/ EJECUTIVO

*05TXHO.7D54Y3*

Viedma, de mayo de 2014.-

Atento el estado de autos, agréguese el documento base original reservado en Secretaría, dejando constancia de la presente ejecución.-

Atento el estado de las presentes actuaciones y en uso de la delegación de facultad dispuesta mediante Auto Interlocutorio n° 893/11, archívense las mismas en carácter de terminadas, remitiéndose oportunamente al Archivo General del Poder Judicial.-

Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869, trans- curridos 10 días de efectuada la notificación sin registrarse oposición alguna se entenderá que dicho Organismo se considera suficientemente garantizado a tenor del art. 20 ley 869, última parte, sin perjuicio de las facultades que le otorga el art. 29 de la ley citada.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro