Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0649/95/5

N° Receptoría:

Fecha: 2006-06-12

Carátula: ORDOÑEZ CATALINA Y VEGA MATIAS S/ SUCESIONES

Descripción: PROVIDENCIAS DE ANGELA

EXPTE. Nº 0649/95/5

CARATULA: ORDOÑEZ CATALINA Y VEGA MATIAS S/ SUCESIONES

Viedma, junio de 2006.-

1) Atento el estado de las presentes actuaciones, teniendo en cuenta la ratificación efectuada a fs. 258, homológase el acuerdo de honorarios obrante a fs. 256, quedando establecidos los honorarios profesionales del Dr. Abel Horacio Barrosa en la suma de $ 200. Notifíquese.-

Del aporte efectuado a fs. 253, córrase vista a la Caja Forense.-

2) Atento a lo peticionado y el estado de autos, inscríbase la declaratoria de herederos respecto del bien inmueble determinado como parcela 8 de la manzana 631 por el sistema de tracto abreviado, autorizándose al escribano César Osbaldo Majo a intervenir en la instrumentación del mismo y al retiro de las actuaciones.-

3) Por presentado acuerdo de honorarios. A los fines de su ratificación, fíjase primera audiencia a la que deberá comparecer la sra. María Gladys Vega, cualquier día hábil y en el horario de 8 a 12 horas. Notifíquese.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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