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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0775/2005
Fecha: 2006-06-12
Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ ALONSO JOSE GREGORIO S/ APREMIO
Descripción: EMBARGO EN CTAS. BANCOS
EXPTE. Nº : 0775/2005.-
CARATULA: "DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ ALONSO JOSE GREGORIO S/ APREMIO".-
Viedma, junio de 2006.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que el accionado, sr. José Gregorio Alonso tenga o tuviere en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, transferencias, giros y/o cualquier otro concepto en el Banco Patagonia S.A., sucursal San Antonio Oeste y en el Banco de la Nación Argentina, hasta cubrir la suma de $ 3.469 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 419 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrense oficion a las entidades bancarias mencionadas, bajo responsabilidad de la parte, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del sr. Juez y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona facultada para el diligenciamiento del oficio ordenado.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro