Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0611/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-14

Carátula: BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA C/ PALACIOS ANDREA LILIANA S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO - cumplir con reposición

EXPTE. No.: 0611/2010

CARATULA:BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA C/ PALACIOS ANDREA LILIANA S/ EJECUTIVO

Viedma, de mayo de 2014.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada ANDREA LILIANA PALACIOS como empleada del Gobierno de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 2.949 en concepto de saldo de liquidación, con más la suma de $ 2.350 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

A la regulación de honorarios, oportunamente.-

Atento el estado de autos acredítese el pago de los aportes y sellados de ley cuyos montos le fueran entregados a fs. 21, bajo apercibimiento de poner en conocimiento a la Agencia de Recaudación Tributaria a los fines que estime corresponder.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro