Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0893/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-14

Carátula: BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ ACUÑA RICARDO ARNOLDO S/ EJECUTIVO

Descripción: EMBARGO-cumplir con sellados

EXPTE. Nº : 0893/2009.-

CARATULA: "BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ ACUÑA RICARDO ARNOLDO S/ EJECUTIVO".-

VIEDMA, de mayo de 2014.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado Ricardo Arnoldo Acuña como empleado de la Municipalidad de Viedma, hasta cubrir la suma de $ 544 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 1.350 presupuestada provisoriamente para responder por costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al empleador, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-

Al pedido de regulación de honorarios, oportunamente.-

Atento el estado de autos acredítese el pago de los aportes y sellados de ley cuyos montos le fueran entregados a fs. 28, bajo apercibimiento de poner en conocimiento a la Agencia de Recaudación Tributaria a los fines que estime corresponder.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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