Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: F-2RO-242-C3-13

N° Receptoría: F-2RO-242-C2013

Fecha: 2014-05-14

Carátula: PEREZ JULIO Y GARCIA SILVERIA S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: PROVIDENCIA y DECLARATORIA

//neral Roca, 14 de mayo de 2014.-c

VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "PEREZ JULIO y GARCIA SILVERIA S/SUCESION" (Expte. Nro.F-2RO-242-C3-13).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Julio Perez, ocurrido el 17 de abril de 1989 en Allen (Río Negro) y Silveria Garcia, ocurrido el 10 de julio de 1992 en Allen (Río Negro), certificados a fs. 2 y 3.

Los causantes se encontraban unidos en matrimonio, por acto celebrado el 24 de mayo de 1941 en Cipolletti (Río Negro), certificado a fs. 4.-

De dicha unión nacieron:

Juan Carlos: el 13 de abril de 1942 en Cipolletti (Río Negro), certificado a fs. 6.-

Omar Eduardo: el 22 de febrero de 1947 en Allen (Río Negro), certificado a fs. 7.-

A fs. 9 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 11/2 y 15/6 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre de los causantes no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 19/24 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de JULIO PEREZ, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos JUAN CARLOS y OMAR EDUARDO de apellido PEREZ y GARCIA sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite SILVERIA GARCIA sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.

Por fallecimiento de SILVERIA GARCIA le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos JUAN CARLOS y OMAR EDUARDO de apellido PEREZ y GARCIA .

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

"PEREZ JULIO Y GARCIA SILVERIA S/ SUCESION AB INTESTATO"

(Expte. Nro. F-2RO-242-C3-13)

//neral Roca, de mayo de 2014.-c

Al punto I, agréguese y dése por cumplimentado lo ordenado a fs. 9, 5° párrafo.

Siendo copia certificada la documental adjuntada, a la devolución, no ha lugar.

Al punto II, agréguese.

Al punto III, téngase presente.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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