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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 27070/14
Fecha: 2014-05-12
Carátula: MARTIN ANALIA Y OTRAS S/ ACCION DE AMPARO (ART. 43 C. PCIAL)
Descripción: desig,nvo.perito y otros céd.
Expte.Nº 27070/14-STJ-
///MA, 12 de mayo de 2014.-
-----Proveyendo el acta de fs.72:- - - - - - - - - - - - - - - ----Acorde lo manifestado y las valederas razones dadas por el Ing.Industrial Carlos Armando Riat, téngaselo por excusado de realizar el informe requerido en las presentes actuaciones.- - --
-----En su reemplazo, se designa a los mismos fines al Ing.Electricista Luis Francisco Langhi con domicilio constituido en calle Pueyrredón Nº 838 de Viedma, previa aceptación del cargo por ante el Actuario en el plazo de 48 hs. de notificado de su designación, procediendo a expedirse acerca los puntos de pericia que se detallarán a fs.59/61, con relación a los talleres de enseñanza práctica del Centro de Educación Técnica Nº 6 de esta Ciudad, debiendo cumplir su cometido en el plazo de diez días hábiles. Todo ello bajo apercibimientos de ley. Notifíquese.- - -
-----Proveyendo el escrito de fs.80:- - - - - - - - - - - - - - -
-----Por recibido informe de Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia. Agréguese, téngase presente y hágase saber.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Proveyendo el escrito de fs.113:- - - - - - - - - - - - - -
----Por recibido informe del Ministerio de Educación de DDHH de la Provincia. Agréguese, téngase presente y hágase saber.- - - - -----Proveyendo el escrito de fs.114:- - - - - - - - - - - - - --
----Hágase saber que la medida cautelar dictada a 61 "in fine" se refiere a la Sección Mecánica exclusivamente.- - - - - - - - - - ----Notifíquese por cédula.- - - - - - - - - - - - - - - - - - --
-----Proveyendo el escrito de fs.119: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Agréguese. A la solicitud formulada, estése al informe que en copia obra a fs. 82/112.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----A la denuncia de "...dictado de clases sin uso de energía eléctrica..." efectuada a fs. 115/119, en tanto dicha decisión habría sido adoptada en forma autónoma por personal docente y autoridades del CET N° 6, por fuera de la taxativa medida cautelar ordenada a fs. 61.III, téngase presente.- - - - - -
Fdo.:SERGIO M. BAROTTO JUEZ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
///MA, 12 de mayo de 2014.-
-----Estése a la designación de nuevo perito efectuada a fs.120, en el día de la fecha.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
Fdo.: SERGIO M. BAROTTO PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro