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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0524/2009
Fecha: 2014-05-12
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ ALFARO CLAUDIO DANIEL S/ EJECUTIVO
Descripción: ordena embargo por honorarios
EXPTE. Nº 0524/2009
CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ ALFARO CLAUDIO DANIEL S/ EJECUTIVO
Viedma, de mayo de 2014.-
Toda vez que del informe remitido a fs. 69/71 surge que el ente empleador ha tomado sólo como monto de embargo la suma de $ 334, obviando la presupuestada y a los fines de evitar un dispendio innecesario, trábase embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado CLAUDIO DANIEL ALFARO, DNI nº 31.326.275, como empleado de la Policía de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 800 en concepto de honorarios, con más la suma de $ 200 presupuestado provisoriamente para responder por costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en la cuenta judicial de autos nº 299003306 en el Banco Patagonia S.A.- sucursal Viedma.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro