Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40236

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-09

Carátula: VILLANUEVA Jose Arturo S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: RECHAZO REV Y APELACION EN SUBSIDIO. INSCRIPCION

"VILLANUEVA Jose Arturo S/ PROCESO SUCESORIO"

(Expte. Nro. 40236)

//neral Roca, 09 de mayo de 2014.-s

Proveyendo a fs. 95/6 -Vesciglio, por derecho propio-: A la revocatoria y apelación en subsidio, desestímase por extemporánea por cuanto lo proveído a fs. 93, 4° párrafo -objeto del recurso- es reiteración de lo dispuesto en la resolución de fs. 74.-

Proveyendo a fs. 100 -presentación conjunta-: Hágase saber que en los autos BERENE AMELIA MARIA S/SUCESION (F-2RO-245-C3-13), no se han regulado los honorarios a los letrados intervinientes, y que reexaminada tal causa los Impuestos de Justicia, Sellado de Actuación y contribuciones varias surgen efectivamente cancelados, por lo cual corresponde dejar sin efecto lo proveído a fs. 93 vta., anteúltimo párrafo.-

Ahora, tramitando ambas sucesiones por antes este Juzgado y Secretaría, siendo los mismos herederos y el mismo acervo hereditario, hágase saber que la presentación en proveimiento no resulta ser del todo clara.- En consecuencia peticionen a los fines de lograr lo buscado con la mayor economía procesal.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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