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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-391-C3-14
N° Receptoría: A-2RO-391-C2014
Fecha: 2014-05-09
Carátula: CAMARERO DORA SUSANA C/ HEREDIA FELIX CARLOS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: INICIO
CAMARERO DORA SUSANA C/ HEREDIA FELIX CARLOS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
//neral Roca, 09 de mayo de 2014.-g
Por presentado, parte y con domicilio.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a FELIX CARLOS HEREDIA y CLELIA NORMA SEISDEDOS por el término de DIECISIETE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula.-
Téngase presente la prueba ofrecida y hágase saber lo dispuesto por el art. 360 CPC.-
En atención a lo manifestado, cítese a RSA- ROYAL&ALLIANCE SEGUROS, en los térmirnos del art. 118 de la Ley 17418 a la por el término de DIECISIETE días a fin de que comparezca en autos a ejercer sus derechos.- NOTIFIQUESE con entrega de las respectivas copias de traslado a cuyo fín líbrese cédula.-
Depositese en caja fuerte la documentación detallada en el punto XII, b.-
No habiendose acompañado copia de la documental para el expediente, hágase saber que se ha glosado una de las copias acompañadas para traslado.-
Acompañese la copia para traslado faltante.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Hágase saber que se ha iniciado conjuntamente la causa "Camarero Dora Susana s/Beneficio de Litigar sin gastos".- (expte. M-2RO-261-C3-14).-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Juez
NOTA: de haberse depositado fs. 40/86. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro