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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0321/2014
N° Receptoría: O-1VI-51-C2014
Fecha: 2014-05-08
Carátula: ADAME VICTOR ANGEL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c)
Descripción: INICIA
EXPTE. Nº 0321/2014
CARATULA: ADAME VICTOR ANGEL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c).-
Viedma, de mayo de 2014.-
Por presentado, parte y por constituído el domicilio. Agréguese la documentación acompañada.-
Por iniciado trámite de Beneficio de Litigar sin Gastos por VICTOR ANGEL ADAME, el que tramitará según el art. 78 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial.-
Agréguese por cuerda estas actuaciones a los autos principales "Adame c/ Castañar Pouso s/ Daños y Perjuicios" Expte. nº 0322/14.-
Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de esta ciudad, a fin de que informe a este Juzgado si a nombre del peticionante existen bienes registrables.-
Conforme lo prevee el artículo 80 del CPCC, cítese al litigante contrario y a la Dirección General de Rentas a fin de fiscalizar la prueba a producirse.-
En los términos del art. 83 del CPCC concédase en forma provisional el beneficio de litigar sin gastos.-
Conforme lo dispuesto en el art. 79 del CPCC, deberá proponerse testigos.-
A lo demás, oportunamente.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro